EL LEGADO DE LAS JORNADAS DEL AÑO XIII

Revolución en estado de asamblea

Un contexto mundial cambiante y factores internos hicieron que los diputados no adoptaran una constitución ni declararan la independencia. No obstante, bajo el influjo de Monteagudo, desplegaron una tarea digna de ser evocada.

Revolución en estado de asamblea
En su período de producción más fértil, la Asamblea significó una recuperación del morenismo, con sus dos brazos políticos.

 

Tradicionalmente se ha presentado a la Asamblea General Constituyente de 1813 como aquella que tenía por horizonte declarar la Independencia y sancionar la Constitución Nacional, objetivos que no cumplió, lo que lleva a preguntarse si “no fue”. El porqué de ello es complejo y se inscribe en la marcha de la revolución, la evolución de la Guerra de la Independencia, el contexto internacional y las tendencias políticas dentro de la propia asamblea y en las Provincias Unidas durante el primer lustro revolucionario.

De lo que no puede dudarse es que la Asamblea “fue” en lo atinente a los derechos humanos, a la reafirmación del republicanismo que aflora en las jornadas de mayo y en el camino hacia la independencia. Baste tomar como ejemplo que la primera de las resoluciones fue asumir la soberanía en nombre del pueblo y no del rey Fernando VII, expedir algunas cartas de ciudadanía y adoptar una serie de símbolos de la autodeterminación, que van desde oficializar el himno hasta aprobar el sello convertido luego en escudo de la patria.

La celebración del 31 de enero de 2013, con feriado nacional establecido, se da en el marco de la evocación del Bicentenario largo (1810-1816), en el que muchos acontecimientos, algunos relevantes y otros de dudosa trascendencia, son puestos sobre el tapete “para rescatar la verdadera historia nacional”. Más allá del avance de la historia como conocimiento científico y de su difusión masiva, existe una contradicción entre el discurso de quienes creemos superadas ciertas interpretaciones tradicionales y banales del pasado nacional y la preponderancia de las interpretaciones de la “historia oficial” y del “primer revisionismo”, nacionalista o de derecha. Pero esta celebración se producen en el marco de una relectura de la historia por parte del kirchnerismo —que no lo invalida como gobierno y/o proyecto político— contradictoria con esta idea bicentenaria.

Una nueva lectura de este proceso lleva a ubicar, en su justa medida, el rol de la Asamblea o del período que se inicia en octubre de 1812 con la asunción del segundo Triunvirato, la rehabilitación política del morenismo con sus dos brazos políticos, la Sociedad Patriótica y la Logia, uno de superficie y el otro en la sombras; la naturaleza del enfrentamiento político de San Martín y Alvear; el manejo de la “cuestión Artigas” —“ese aliado tan capaz como inconveniente”— y la influencia de las Cortes de Cádiz de 1812, que sancionan la Constitución conocida como “la Pepa”.

Luego de un intenso trabajo durante todo 1813, en el que son aprobadas la mayoría de las disposiciones sociales, políticas y económicas de marcado sesgo republicano, por acción de Bernardo Monteagudo, la Asamblea fue cediendo la iniciativa al Poder Ejecutivo y suspendió varias veces sus sesiones. A principios de 1814, crea el Directorio, que concentra en una sola persona el gobierno de las Provincias Unidas. Desde la segunda mitad de ese año, se reunió sólo dos veces y fue disuelta el 26 de enero de 1815.

¿Qué había pasado, si la Asamblea representaba el morenismo repuesto en el poder? Sin Moreno, aunque se recuperan las banderas del liberalismo democrático y revolucionario, algunos de sus hombres manifiestan cierta tendencia al despotismo ilustrado. Así, luego de convocar al artiguismo, concluye rechazando a sus representantes, cuyos planteos concretos desbordan sus formulaciones abstractas tornándose “peligrosos”. Además, está la marcha de la historia: la Asamblea fue convocada un mes después de la Batalla de Tucumán, comienza a sesionar y se produce un nuevo triunfo de Belgrano en Salta; pero a poco andar el panorama político se complica con las derrotas sufridas en Vilcapugio y Ayohuma, la pelea sin retorno con Artigas y la situación internacional.

Será éste uno de los elementos decisivos para desactivar el ritmo de la asamblea, y alejar la decisión de la Independencia, sobre la que no todos los diputados tenían mandato de declaración. El cautiverio de Fernando VII, rehén de Napoleón desde la invasión de 1808, no iba a resultar eterno: repuesto en el trono, borra todo el avance liberal y republicano de 1812 y jura venganza con los “díscolos e insurrectos americanos”. Será un modesto y menos cautivante Congreso convocado en Tucumán, en un contexto aún más sombrío, el que finalmente declare la Independencia.

Pero la Asamblea “fue” y dejó un legado importante en sus principales disposiciones. Así, abolió la mita, la encomienda y el yanaconazgo, el tributo, los títulos de nobleza, el mayorazgo, la Inquisición y los tormentos. Dispuso la libertad de vientres y estableció la religión católica como culto oficial del Estado, la libertad de cultos, el patronato y la prohibición de tomar los hábitos antes de los 30 años de edad. Amnistió a los expatriados por causas políticas, proclamó la libertad de imprenta, reformó la administración de justicia anulando la apelación a los tribunales españoles, ordenó levantar un censo, consagró el 25 de Mayo como fiesta patria, creó el escudo nacional, hizo a acuñar monedas de oro y plata, y adoptó como Himno la marcha patriótica de Vicente López y Planes y Blas Parera. Finalmente, fomentó el comercio y la minería, disminuyó los sueldos de los empleados públicos e instituyó un empréstito de 500.000 pesos.

Abordó, finalmente, aunque con poco entusiasmo, el tratamiento de los proyectos constitucionales. Se presentaron cuatro, tres de ellos de marcado sesgo unitario. El primero, de la Comisión Oficial designada por el Triunvirato en el momento mismo de la convocatoria a la asamblea; el segundo, de la Sociedad Patriótica; el tercero, de la Comisión Permanente que funcionaba en la asamblea, que sintetizaba los dos anteriores. Estos recogen mucho de la tradición republicana, de las disposiciones de las Cortes de Cádiz, pero en ambos el sistema electoral adopta el voto calificado o censitario. En el cuarto, atribuido al diputado artiguista Felipe Santiago Cardozo, puede reconocerse una verdadera constitución federal que recoge las instrucciones aprobadas por el congreso artiguista que decide participar de la asamblea, aunque luego sus diputados fueron rechazados por un artilugio legal.

Fabián Enzo Barda

Profesor de Historia


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