DOS PROYECTOS IMPULSADOS POR EL LEGISLADOR SOCIALISTA

Por el derecho a la tierra y la vivienda

 

Entre las múltiples iniciativas parlamentarias impulsadas por el diputado Jorge Rivas, se cuenta la presentación de dos proyectos elaborados por la red Habitar Argentina, un espacio multisectorial por el derecho a la tierra, la vivienda y el hábitat, donde confluyen organizaciones sociales, académicos y legisladores.

Uno de ellos está destinado a regular los contratos de locación para inmuebles y habitaciones de pensión, y modifica la ley 23.091 y el Código Civil y Comercial de la Nación.

Entre otras disposiciones, dispone que los contratos deberán serán intervenidos, homologados y registrados oficialmente, tendrán una duración mínima de tres años para los inmuebles y uno para las pensiones.

Establece también, como principios generales, la protección de la función social de la vivienda por sobre su carácter como bienes de renta; la protección especial por parte del Estado de las personas y familias que viven como inquilinos, “considerados como un sector vulnerable en tanto no tengan acceso a la propiedad de la vivienda” e igualmente de los pequeños arrendadores.

El proyecto fija también límites y condiciones en materia de depósitos de garantía e intermediación comercial de terceros, y detalla las condiciones necesarias para que los inmuebles puedan ser considerados aptos para su locación.

Crea también la Dirección de Viviendas Alquiladas, como autoridad de aplicación en el ámbito de la Subsecretaría de Desarrollo Utrbano y Vivienda, así como un el Registro Público de Contratos de Alquiler-

Por último, precisa que aquellos inmuebles que carezcan de autorización para funcionar como hoteles, residencias, pensiones familiares o establecimientos asimilables no gozarán de aptitud comercial para dicha explotación.

El proyecto restante crea el Programa Nacional de Regularización Dominial y declara la emergencia habitacional por cuatro años para aquellos asentamientos poblacionales pendientes de regularización.

La iniciativa contempla la situación de villas, barrios informales y asentamientos, y persigue fomentar y promover su regularización en todo el territorio nacional. En tal sentido, están comprendidos los inmuebles o fracciones de inmuebles respecto de los cuales las personas físicas acrediten la posesión pública, pacífica y continua, durante tres años con anterioridad al 1º de Enero de 2013, que tengan como destino principal el de casa habitación única y permanente o constituyan una unidad productiva familiar.

La norma concede el beneficio de gratuidad para todos los actos y procedimientos necesarios para la regularización y establece el procedimiento respectivo.

Dice también que la autoridad de aplicación deberá garantizar mecanismos de participación y gestión para los representantes de las organizaciones beneficiarias de la presente ley, sean estas formales o informales, en el proyecto de urbanización que definan para su barrio, como así también garantizar el acceso a la información sobre la gestión de los fondos asignados por el Programa Nacional de Regularización Dominial, que se aplicará a solventar gastos de relevamiento, pagar indemnizaciones y subsidiar total o parcialmente gastos operativos y de asistencia técnica propios de sus objetivos.

En los fundamentos, y tras enumerar las normas y convenciones nacionales e internacionales que respaldan el derecho a una vivienda y un hábitat dignos, se recuerda que esas previsiones no se cumplen para cerca de cuatro millones de familias en la Argentina que habitan barrios informales, villas y asentamientos que tienden a crecer como resultado de migraciones internas, desempleo crónico y precariedad laboral.

“Ante este escenario, estamos convencidos que es el Estado, con sus políticas activas en materia social, quién debe investigar, proponer y aplicar soluciones a los problemas de los más débiles. Éste es el espíritu del presente proyecto y es también su objetivo”, afirma.


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