EL MISMO TEMA, 100 AÑOS ATRÁS

Palacios, contra un “comercio infame”

La acción del Partido Socialista se extendió a todas las esferas de la sociedad. No solamente se ocupó de reivindicar los derechos de las mujeres en general, que la ley consideraba incapaces; o de los trabajadores explotados por el capitalismo. Defendió también a las pobres víctimas de un comercio infame.” Así comienza Alfredo Palacios el capítulo destinado a la ley contra la entonces llamada “Trata de Blancas” de su antológico libro La Justicia Social.

El primer diputado socialista de América se refería al proyecto de ley que presentó en 1907 con el fin de castigar a quienes traficaran con mujeres que, mediante engañosas promesas, eran arrebatadas de sus pueblos para ser traídas al país y vendidas o esclavizadas en los prostíbulos. Sin tratamiento, ese proyecto perdió estado parlamentario y recién fue tratado y aprobado seis años más tarde, a partir de la insistencia del legislador. No se trataba de una cuestión menor. Desde 1875, año de legalización de la prostitución en la Argentina, se dinamizó el tráfico de mujeres para trabajar en burdeles. La mayoría provenía de Europa del Este y año tras año se perfeccionaban los mecanismos de engaño, traslado y esclavización de las víctimas. Sólo la famosa organización criminal Zwi Migdal, bajo la apariencia de una sociedad judía de socorros mutuos, manejaba alrededor de 2.000 prostíbulos.

No pocas asociaciones humanitarias se ocuparon del tema. Las filiales locales de la Asociación Judía para la Protección de Jóvenes y Mujeres y de la Unión Internacional des Amies de la Jeune Fille, fueron las más destacadas. Los consulados de varias colectividades extranjeras también intervinieron, pero sin mayores resultados. Durante décadas, el gobierno argentino se mantuvo indiferente y no pocos de sus partidarios, con amparo policial, participaron del negocio.

El aprobado proyecto de Palacios castigaba con penas de prisión de hasta 10 años a la persona que “en cualquier forma promueve o facilite la prostitución” e incorporaba como delito a la corrupción de menores de ambos sexos y de mujeres adultas. Si los condenados eran parientes de la víctima o tutores, perdían el derecho a la patria potestad sobre la mujer o la menor. Los traficantes extranjeros podían ser sancionados con la perdida de la ciudadanía. Inicialmente, la sanción legislativa tuvo resultados. “Su efecto fue electrizante, no menos de 2000 rufianes habían abandonado la capital como si huyeran de un terremoto”, señaló la prensa de la época. Años después, el autor recordaría “los beneficios de esta nueva ley de justicia social fueron tan inmediatos que los gobiernos de Brasil, Chile, Perú y Uruguay enviaron a sus respectivos Congresos proyectos análogos a la ley argentina.” La “Trata de Blancas” no desapareció, pero aquella ley marcó un hito. Hoy estamos ante un desafío similar al que Palacios, casi en soledad, planteó hace cien años.

Guillermo F. Torremare


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